Hermandad del Stmo. Cristo de la Fe y del Perdón,
María Stma. Inmaculada, Madre de la Iglesia
y Arcángel San Miguel (Los Estudiantes)

 Basílica Pontificia de San Miguel

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 16/01 al 18/01: Curso de Retiro para hombres

REGLAMENTOS

REGLAMENTO IV

SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE LA HERMANDAD CUANDO FORMA EN COFRADÍA DE NAZARENOS PARA SU ESTACIÓN DE PENITENCIA ANUAL O PARTICIPA CORPORATIVAMENTE EN OTROS ACTOS DE CULTO PÚBLICO

(Desarrollo del Capítulo Primero de los Estatutos)

Artículo 1º

La presidencia y dirección del acto público de la Hermandad, corresponde al Hermano Mayor o al que haga sus veces según el orden de prelación previsto en la Regla II del capítulo IV de los Estatutos, debiendo acatarse, con espíritu de obediencia, cuanto disponga al respecto.

Artículo 2º

La buena marcha y organización de la Hermandad durante los actos de culto público incumbe al Diputado Mayor de Gobierno. Deberá estar siempre muy atento a las indicaciones que pueda recibir del Hermano Mayor, cumpliéndolas fielmente. Por ello le comunicará cualquier incidencia que pudiera surgir en el transcurso de la Estación de Penitencia.

Artículo 3º

1.-El Diputado Mayor de Gobierno deberá elegir auxiliares para el buen cometido de su misión y en la medida en que sean necesarios. La elección realizada será sometida a la Junta de Gobierno. Con estos auxiliares, mantendrá al menos una reunión previa para lograr la más plena coordinación. A dicha reunión se invitará a asistir al Hermano Mayor.

2.-Los auxiliares en la función de gobierno de la Cofradía (Diputado de Cruz, Diputados de Tramo o Celadores, Enlaces etc.) serán miembros varones de la Hermandad, en línea con lo que se determina en el artículo 4º, del capítulo 4º del Reglamento II.

3.-Incumbe a los Diputados de Tramo o Celadores, las siguientes responsabilidades en relación con los Hermanos asignados a su tramo:

3.1.-Revisar, antes de la salida, la indumentaria de los Hermanos, comprobando que están vestidos de acuerdo con lo establecido en este Reglamento.
3.2.-Encender los cirios de los nazarenos durante todo el recorrido de la Estación de Penitencia. Se comenzarán a encender en la primera parada que se realice una vez fuera del templo. Para ello irán provistos de los enseres necesarios, canastilla, pabilo, cerillas o algún encendedor discreto.
3.3.-Apagar los cirios de los nazarenos según van entrando al templo, utilizando para ello una tela húmeda que se dejará preparada antes de la salida.
3.4.-Velar por el perfecto cumplimiento de las normas establecidas en este Reglamento para los Hermanos, marcando la distancia a guardar entre ellos según convenga a la marcha de la Cofradía, indicando los movimientos de subida o bajada del cirio y cumpliendo las instrucciones que reciban del Diputado Mayor de Gobierno a quien comunicarán cualquier incidencia que pudiera surgir en el transcurso de la Estación de Penitencia.
3.5.-Solicitar les sea entregada la Papeleta de Sitio por el Hermano al que, por causa justificada y verdadera necesidad, autorizaran a abandonar su puesto, devolviéndosela al reintegrarse al mismo.
3.6.-Retirar la Papeleta de Sitio de aquellos Hermanos que incumplieran claramente lo establecido en este Reglamento desobedeciendo sus instrucciones. Antes de proceder en estos casos, comunicarán la incidencia al Diputado Mayor de Gobierno. 
3.7.-Se moverán por el interior de las filas de nazarenos de su tramo, pausadamente, y únicamente cuando ello sea preciso. Al dirigirse a los nazarenos para darles instrucciones o corregir defectos, procurarán hacerlo de la forma más amable y discreta posible, recordando en todo momento que estamos hablando con un Hermano.

4.-Incumbe al Diputado de Cruz, las siguientes responsabilidades:

4.1.-Iniciar la salida de la Cofradía una vez autorizada ésta por el Hermano Mayor.
4.2.-Controlar el avance de la Cofradía por el itinerario establecido así como los tiempos previstos durante todo el recorrido, permaneciendo muy atento a las órdenes que reciba del Diputado Mayor de Gobierno, bien directamente o a través de sus Enlaces.

5.-Los Enlaces serán Hermanos de seis a once años, que actuarán de pajes, vistiendo la chaquetilla, calzón, medias y zapatos de color negro. El Diputado de Cruz y el Diputado Mayor de Gobierno se servirán de ellos para enviarse los recados que consideren necesarios.

Artículo 4º

Puesto que en las salidas procesionales y especialmente en la Estación de Penitencia anual, la misión del Diputado de Cruz y de los Diputados de Tramo es imprescindible, en caso de ausencia o no comparecencia al acto de alguno de ellos, el Diputado Mayor de Gobierno propondrá inmediatamente un sustituto que someterá a la aprobación del Hermano Mayor.

Artículo 5º

1.-Los Hermanos que deseen participar en la Salida Procesional (Estación de Penitencia) y por consiguiente ser inscritos en la lista de orden de la Cofradía, deberán obtener previamente en Secretaría, dentro del plazo que en cada año se establezca, su correspondiente Papeleta de Sitio.

2.-Los Hermanos que en la Salida Procesional (Estación de Penitencia) deseen ocupar en la lista de orden de la Cofradía alguno de los puestos con cuantía de limosna de salida aprobada en el Cabildo General de Cultos y Salida, deberán abonar dicha limosna al momento de obtener su Papeleta de Sitio. (Reglamento II, Capítulo 2º).

3.-La asignación de los puestos a los que se refiere el punto anterior se realizará como sigue:
3.1.-De entre los solicitantes, dentro del primer plazo establecido y para un mismo puesto, se asignarán a los Hermanos más antiguos y siempre que hayan satisfecho las limosnas correspondientes.
3.2.-Si no hubiera solicitantes para alguno de estos puestos, podrán optar a ellos, en segundo plazo, el resto de los Hermanos, con más derecho para los más antiguos, que aportarán la totalidad de las limosnas o la parte que en conciencia puedan.
3.3.-El hecho de haber ocupado uno de estos puestos en años precedentes no implica ningún derecho a él en años sucesivos.
3.4.-De no haber solicitantes ni en primer ni en segundo plazo, la Junta de Gobierno determinará lo que proceda. 
3.5.-La Junta de Gobierno podrá, no obstante lo expuesto, asignar en interés de la Hermandad tales asignaciones oído el Diputado Mayor de Gobierno. 

Artículo 6º

1.-La confección de la lista de orden de la Cofradía compete al Diputado Mayor de Gobierno en colaboración con el Secretario General o su delegado el primer Auxiliar de Secretaría. En esta función, mantendrá una estrecha comunicación con el Hermano Mayor, informándole de los pormenores del desarrollo de su cometido y especialmente, de la asignación de puesto a los Hermanos que no porten cirio, para que éste pueda manifestarle cuantas indicaciones considere convenientes.

2.-En la lista de orden de la Cofradía, los Hermanos formarán en las filas, por orden de antigüedad (de menor a mayor y cuanto más antiguos más próximos al paso respectivo). Si surgiera la necesidad de alguna excepción, ésta deberá ser consultada al Hermano Mayor. Las insignias y las varas / faroles de acompañamiento de éstas, se situarán en los lugares asignados, que se concederán por orden de antigüedad entre los peticionarios. Si para estos puestos se hubiere aprobado limosna de salida, se seguirá lo establecido en el artículo anterior.

3.-La Hermanas participarán en la Cofradía:
3.1.-Como Hermanas nazarenos, portando cirio o vara. En este último caso acompañando a una de las insignias.
3.2.-Como Hermanas Damas de mantilla, en el tramo específico asignado, portando el santo rosario o vara según corresponda. Si la Hermandad dispone de un pequeño Banderín Concepcionista éste podría ser portado por una de las Hermanas Damas de Mantilla.
3.3.-Como personal auxiliar, (Aguadoras, dos por cada paso). En este caso deberán ir detrás del paso, sin llamar la atención, actuando sólo cuando sea requerido expresamente por los capataces.
3.4.-Como integrantes de las formaciones musicales de ambos pasos. 

4.-Se establecen las siguientes edades mínimas obligatorias para formar en la Cofradía:
4.1.-Hermanos nazarenos: doce años, cumplidos a lo largo del año natural correspondiente a la fecha de la Estación de Penitencia. Para el Diputado de Cruz y los Diputados de Tramo la edad se eleva a los dieciocho años.
4.2.-Hermanas Damas de Mantilla: dieciséis años, cumplidos a lo largo del año natural correspondiente a la fecha de la Estación de Penitencia.
4.3.-Hermanos Costaleros: dieciocho años cumplidos, aunque podrá oscilar un año por arriba o por debajo a juicio de los capataces, en función del desarrollo físico de la persona.

5.-El tramo de Hermanas Damas de mantilla no excederá del número que, en su caso, se hubiere fijado previamente, en el Cabildo General de Cultos y Salida.
5.1.-Si tal número se hubiere fijado, tendrán preferencia, de entre las Hermanas que lo soliciten en el plazo establecido, las de mayor antigüedad.

6.-No obstante lo establecido, sólo podrán formar parte del culto externo, los Hermanos con capacidad física y madurez suficiente para permanecer en el acto todo el tiempo que esté prevista su duración, cumpliendo las normas de orden y compostura reglamentarias.

7.-El tramo de Hermanas Damas de mantilla, lo cerrará la Camarera de la Santísima Virgen portando vara, igual que sus acompañantes. Inmediatamente delante, en solitario para mayor realce y también portando vara, irá la Camarera Mayor Honoraria y Perpetua de la Santísima Virgen, si la hubiere.

8.-La lista de orden de la Cofradía, para que sea válida, deberá ser aprobada por el Hermano Mayor. Una vez aprobada, deberá respetarse fielmente por todos los Hermanos, y se procederá a su lectura, por el Diputado Mayor de Gobierno, en el momento de la formación de la Cofradía.

Artículo 7º

Una vez concluido el acto, bien ese mismo día u otro próximo, el Diputado Mayor de Gobierno tendrá un cambio de impresiones con los que han sido sus auxiliares, para estudiar las incidencias que se hayan podido producir en el desarrollo del acto, y elevar informe detallado a la Junta de Gobierno.

Artículo 8º

La hora de salida, itinerario y hora de entrada en el Templo, la decidirá el Consiliario y Rector de la Basílica, oída la Junta de Gobierno.

Artículo 9º

La suspensión del acto, bien en su comienzo o bien durante el desarrollo del mismo, compete al Consiliario y Rector de la Basílica, oído el parecer del Hermano Mayor y de, al menos, otros dos miembros de la Junta de Gobierno. También deberá ser escuchado el Diputado Mayor de Gobierno.

Artículo 10º

1.-Si se decidiera la suspensión del acto antes de su inicio, el Hermano Mayor lo comunicará a todos los Hermanos y dará las instrucciones correspondientes para la realización de un Via-Crucis en el interior del Templo.
1.1.-Este será a puerta cerrada, con el mayor orden y recogimiento y participando todos los Hermanos presentes.
1.2.-Si son dos los pasos procesionales, si ello es posible y previo al comienzo del Via-Crucis, se situarán ambos frente por frente, el del Santísimo Cristo y el de la Santísima Virgen.
1.3.-Si sólo se dispone del paso del Señor, éste se llevará, siempre que sea posible, hasta el crucero de la Basílica donde se situará cara al público.
1.4.-Terminado el Via-Crucis, se rezarán las preces finales de toda Estación de Penitencia: Credo al Señor, Salve a la Santísima Virgen, Padrenuestro por las intenciones del Santo Padre y Padrenuestro por los Hermanos difuntos.

2.-Si se decidiera la suspensión del acto una vez iniciado éste, el Hermano Mayor, previo acuerdo con el Consiliario y Rector de la Basílica y oído el Diputado Mayor de Gobierno, dispondrá lo que proceda.

Artículo 11º

1.-La presidencia de la Hermandad corresponderá al Hermano Mayor, acompañado del Consiliario, del Teniente del Hermano Mayor, del Secretario General, del Mayordomo y del Fiscal. Esta formará inmediatamente delante del tramo de respeto o de acólitos.

2.-El Director Espiritual podrá ir en calidad de preste detrás del paso o, si lo prefiere, con los sacerdotes que como tales acompañen el paso.

3.-Los sacerdotes deberán vestir traje talar con sobrepelliz o, en su caso, con alba. Si hay presidencia eclesiástica, el principal podrá llevar, además, capa pluvial.

Artículo 12º

Si son dos los pasos procesionales, se harán dos presidencias (una para cada uno), compuestas por: Hermano Mayor, Consiliario y Fiscal; Teniente del Hermano Mayor, Secretario General y Mayordomo. Año tras año podrán turnarse en las presidencias de ambos pasos. Los sacerdotes deberán ir siempre acompañando al paso en el que presida el Hermano Mayor.

Artículo 13º

1.-En el orden espiritual, se recomienda a todos los miembros de la Hermandad que procuren realizar la Estación de Penitencia en gracia de Dios, ofreciendo por las intenciones del Papa y por las necesidades de la Hermandad, los sacrificios que comporten su participación en este significativo acto de culto externo de la Hermandad.

Artículo 14º

1.-Durante la Estación de Penitencia, todos los Hermanos guardarán el más riguroso silencio, mirarán siempre al frente, centrando su atención en el acto que se celebra. No saldrán del lugar que ocupan, ni cambiarán de mano el cirio, ni se ocuparán de encenderlo si se apaga (de esto se encargará exclusivamente el Diputado de Tramo).

2.-Los Hermanos nazarenos vestirán el hábito de nuestra Hermandad que se detalla en el Reglamento V. Todos los Hermanos llevarán la medalla de la Hermandad durante la Estación de Penitencia (se colocará sobre la túnica y por debajo del antifaz).

3.-Los Hermanos Nazarenos no llevarán a la vista relojes, pulseras, sortijas (salvo la alianza matrimonial), ni cualquier otro objeto que sirva de identificación o adorno. Las Hermanas, además, no llevarán las uñas pintadas ni excesivamente largas.

4.-Los Hermanos nazarenos se pondrán el hábito exclusivamente al llegar a la Iglesia y, una vez acabado el acto, se despojarán de él allí mismo. Nunca, por tanto, irán revestidos con el hábito fuera de la procesión.

5.-Los pantalones que lleven los Hermanos nazarenos debajo de la túnica, deberán llevarlos recogidos, de tal forma que en ningún momento asomen por la parte inferior de la misma. Tampoco asomarán por la bocamanga de la túnica las mangas de la camisa o cualquier otra prenda que se lleve debajo.

6.-El capirote deberá colocarse recto, con la tela del antifaz perfectamente estirada. El antifaz no se sujetará nunca con el cinturón de esparto, debiendo conservar siempre su caída natural, cubriendo por delante las hebillas de cierre de dicho cinturón. El capirote se mantendrá derecho apoyando sobre el pecho la mano contraria a aquella con la que corresponde coger el cirio o insignia. No se deberá quitar el capirote ni levantar el antifaz, incluso dentro del templo una vez formada la Cofradía. Si en algún momento de la Estación e Penitencia es preciso corregir la posición del antifaz o capirote, deberá hacerse con el mayor disimulo, sin levantar el antifaz, aprovechando alguna de las paradas, y únicamente en caso de verdadera necesidad.

7.-Todos los Hermanos estarán en el Templo a la hora señalada, que siempre será bastante antes del comienzo del acto. Al llegar, mostrarán a cara descubierta, su Papeleta de Sitio al Secretario (o delegado de éste). Se revestirán a la mayor brevedad, e inmediatamente, tras saludar al Señor Sacramentado si se encuentra en el sagrario, rezarán individualmente, de rodillas delante de cada uno de los pasos, Credo al Señor y Salve a la Santísima Virgen. Se les facilitará la posibilidad de confesar y participar en la Santa Misa. Después esperarán a que se dé lectura a la lista de orden de la Cofradía, permaneciendo muy atentos para recoger el cirio o la insignia y colocarse en el lugar que se les indique.

8.-Una vez formada la Cofradía, el Diputado Mayor de Gobierno informará públicamente al Hermano Mayor mediante la expresión: "Sr. Hermano Mayor, la Cofradía esta formada". El Hermano Mayor contestará "Gracias Sr. Diputado Mayor de Gobierno" y dispondrá el momento de iniciar la Estación de Penitencia mediante la expresión: "Sr. Diputado de Cruz, puede iniciar la salida".

9.-Ningún Hermano adquirirá derecho alguno a figurar en el cuerpo de nazarenos en un puesto determinado, salvo en los casos señalados en los Estatutos y Reglamentos, por lo que ocupará el sitio que se le asigne sin discusión alguna. El Cabildo de Oficiales resolverá toda cuestión que pueda suscitarse sobre el particular, con base en la antigüedad de los Hermanos, pero prevalecerá siempre el interés y conveniencia de la Hermandad.

10.-El sitio que le sea indicado no lo abandonará durante todo el acto. Si le surgiera una indisposición momentánea lo indicará al Diputado de Tramo y éste ocupará su sitio hasta que regrese. Si la indisposición le obligara a abandonar la procesión, tras comunicárselo al Diputado de Tramo, le entregará la Papeleta de Sitio (también en el caso anterior mientras esté ausente), y se retirará lo más discretamente posible.

11.-Los Hermanos, durante la procesión, permanecerán atentos para conservar con el precedente, la distancia que le marque el Diputado de Tramo y la línea con su compañero de fila paralela. Los Hermanos de luz, nazarenos con cirios, cogerán siempre éste con la mano que se corresponde con el interior de la fila de nazarenos, incluso en las paradas. Se levantará el cirio sin movimientos bruscos, de forma escalonada, y estando atento siempre al momento en que lo hace el nazareno que va delante. En ningún momento se ocuparán de encender el cirio, y en caso de que éste se apague aguardarán a que el Celador de su tramo lo vuelva a encender, absteniéndose de llamarle para ello. Los cirios se llevarán:
11.1.- En el interior de la Basílica y en la rampa de acceso a la misma: suspendidos, es decir, cogidos verticalmente por su parte media superior, elevándolos lo necesario para no rozar el suelo al andar y apoyándolos verticalmente en el suelo en las paradas. Se procurará no derramar la cera.
11.2.-En la calle: suspendidos hasta que haya salido el primer paso. Durante el resto de la Procesión apoyados en la cadera, colocándolos en el alojamiento que a tal efecto tiene el cinturón de esparto, formando un ángulo con el cuerpo de algo menos de 45º. En las paradas se apoyarán verticalmente en el suelo.

12.-Los Hermanos portadores de insignias, en las paradas, deberán apoyar éstas en el suelo, manteniéndolas en posición vertical, permaneciendo erguido y tras la insignia, sin asomarse ni doblar la cabeza a uno y otro lado.

13.-Los manigueteros deberán ser miembros varones de la Hermandad, y cuidarán en extremo todo lo establecido con carácter general y en especial su atención, silencio, compostura y mirada al frente. Obedecerán a los capataces cuando éstos, ante las dificultades de algunos tramos del recorrido, les hagan alguna indicación.

14.-Queda prohibido terminantemente a los Hermanos, ceder su túnica o su lugar tanto a persona que no pertenezca a la Hermandad, como a otro Hermano. Todos los Hermanos nazarenos están obligados a descubrir su rostro cuando fuera requerido durante el acto, por el Director Espiritual, el Hermano Mayor, el Mayordomo, el Diputado Mayor de Gobierno y Diputado de Tramo y, fuera de la procesión, por cualquier miembro de la Junta de Gobierno.

15.-Las Hermanas Damas de mantilla deberán observar en su atuendo, inexcusablemente, las siguientes normas:
15.1-Vestido o traje de chaqueta negro, liso, sin adornos y sin transparencias ni escote.
15.2.-El largo de la falda llegará, como mínimo, a la rodilla, sin llegar en ningún caso a alcanzar la longitud de un vestido considerado "largo".
15.3.-Mantilla negra, ajustada con peineta clásica de concha oscura.
15.4.-Zapatos de tacón y medias, lisos, ambos de color negro.
15.5.-Guantes de vestir negros.
15.6.-Alfiler o prendedor para la mantilla, discreto.
15.7.-No llevará pulsera, reloj, collar, sortija (salvo la alianza matrimonial) ni otras joyas.
15.8.-Los pendientes deberán ser discretos, y en ningún caso largos.
15.9.-Deberá ir provista de un rosario.
15.10.-Deberá llevar la medalla de la Hermandad.

16.-Los Hermanos costaleros, consecuentes del gran honor que supone la función que desempeñan, se comportarán durante la Estación de Penitencia con el máximo recogimiento, es decir, con un elevado espíritu que pondrán de manifiesto en la exquisita obediencia a los capataces, en su extraordinario silencio que procurarán convertir en oración, y en su extremada discreción y prudencia no exentas de manifestaciones de fraternidad y compañerismo.

17.-Los Hermanos costaleros que queden de relevo fuera del paso, irán detrás de éste con la mayor discreción, pendientes del turno asignado por los capataces y en riguroso silencio.

18.-Los capataces de los pasos serán necesariamente miembros de la Hermandad y cumplirán su función con la mayor profesionalidad y seriedad, muy atentos a su cometido evitarán, salvo necesidad, todo comentario con el público que presencie el discurrir de la Cofradía. Cuidarán con esmero la seguridad de los costaleros, de las Sagradas Imágenes y de los pasos. Su compostura y forma de llevar los pasos será, en todo momento, la que corresponde a una Hermandad de silencio. Vestirán sobriamente con traje, corbata y zapatos de color negro y con camisa blanca.

19.-El capataz de cada paso, podrá estar auxiliado por uno o dos contraguías que irán en la trasera del mismo. Estos cumplirán su función con total coordinación y obediencia al primero y guardarán las normas de compostura y atuendo dadas para los capataces.

20.-Una vez haya salido toda la Cofradía, las puertas de la Basílica se cerrarán. Estas se abrirán al regreso de la Cofradía, justo en el momento en que lo requiera el Diputado Mayor de Gobierno, mediante los tres golpes rituales, con la mano extendida, sobre la puerta de la Basílica.

21.-El Diputado Mayor de Gobierno, en cumplimiento de su función, podrá recorrer todo el cortejo cuando lo crea necesario, marchando por dentro de las filas de los Hermanos pero, cuando disponga de los Enlaces, deberá servirse en lo posible de ellos.

22.-No existirá en nuestra Cofradía el tramo de Hermanos con cruz de penitente.

23.-Al regreso a la Basílica, todos los integrantes de la Cofradía permanecerán formados, en la medida de lo posible, aunque atentos a los celadores que los podrán ir distribuyendo. Quedarán mirando a la puerta de la Basílica esperando la llegada de los pasos. Durante este tiempo y hasta que finalice el rezo de las oraciones preceptivas, dirigidas por el Consiliario, los nazarenos continuarán con el capirote colocado y cubiertos con el antifaz.

24.-Terminadas las oraciones y tras las palabras de despedida del Hermano Mayor, los Hermanos nazarenos, acólitos, etc. podrán desvestirse, y todos, en orden, abandonarán el templo utilizando las salidas habilitadas para ello. Los portadores de insignias dejarán éstas en los lugares que les indiquen los Diputados de Tramo, cuidando colocarlas de forma que no puedan dañarse ni caerse. Los Hermanos de luz, devolverán el cirio, que en ese momento deberá estar apagado, a su alojamiento.

25.-Los Hermanos costaleros permanecerán debajo del paso en absoluto silencio tras el último golpe de llamador, rezando las últimas oraciones en voz alta. Terminadas éstas, los capataces ordenarán los últimos movimientos del paso hasta dejarlo situado donde corresponda dentro de la Basílica.

26.-La Papeleta de Sitio, lleva impresa en su reverso un breve resumen de estas prescripciones. Este resumen, nunca deberá entenderse como sustitutivo del contenido total del presente Reglamento que deberán conocer íntegramente todos los Hermanos.

Artículo 15º

Si algún Hermano infringiera alguna o algunas de las prescripciones del artículo anterior, incurrirá en falta y le podrá ser retirada la Papeleta de Sitio para su identificación. Posteriormente, ésta será entregada a la Junta de Gobierno, que será quien calificará la falta e impondrá la sanción que corresponda. Si esto ocurre durante la procesión, son competentes para la retirada de la Papeleta: el Diputado de Tramo, el Diputado Mayor de Gobierno, el Mayordomo, el Teniente del Hermano Mayor, o el Hermano Mayor. Si la falta se comete fuera de la procesión, le podrá ser retirada la Papeleta de Sitio por cualquier miembro de la Junta de Gobierno.

Artículo 16º

Los cirios serán de cera y de color tiniebla o blanco, según figuren en el cortejo que precede a las Imágenes del Santísimo Cristo de la Fe y del Perdón o de María Santísima Inmaculada, Madre de la Iglesia.

Artículo 17º

El cortejo procesional no podrá llevar otro acompañamiento musical distinto del que se especifica a continuación:
1.-Capilla musical para el Santísimo Cristo. Se situará inmediatamente delante del tramo de respeto (ciriales y acólitos) que precede al paso. En su repertorio incluirá, siempre que sea posible, la música litúrgica tradicional de la Hermandad del Silencio de Sevilla, cuyas partituras fueron amablemente cedidas a nuestra Corporación por dicha Hermandad. 
2.-Banda de música para la Santísima Virgen. Se situará inmediatamente detrás del sacerdote que, en función de preste, vaya tras el paso. Interpretará marchas procesionales que se correspondan con el carácter de la Hermandad.

Artículo 18º

Siempre se procurará que los costaleros sean Hermanos, especialmente los que porten el paso del Santísimo Cristo. Tendrán preferencia los que sean estudiantes para hacer honor al subtítulo de la advocación del Santísimo Cristo. De un año para otro no se considerarán con derechos adquiridos como tales costaleros. Cada año deberán solicitarlo a la Junta de Gobierno y, si son admitidos para este cometido, habrán de comprometerse a asistir a los ensayos que, con bastante antelación, se harán en el lugar y hora que se les indicará. La no asistencia a estos ensayos, o al menos a un número de ellos que se considere suficiente, podrá suponer la no consideración como tales costaleros, a juicio de los capataces y de acuerdo con el Hermano Mayor y el Fiscal correspondiente.

Artículo 19º

Todos los Hermanos procurarán hacer saber a sus familiares y amigos, la norma de silencio que obliga a todos los que participan en la Cofradía, para que ellos así la respeten y no les perturben en el cumplimiento de su penitencia. Asimismo les comunicarán que el acceso al interior de la Basílica y dependencias anexas queda restringido, en la tarde de la Salida Procesional, únicamente a los participantes en ella y a las personas muy excepcionalmente invitadas a juicio del Rector de la Basílica con el acuerdo del Hermano Mayor.

Artículo 20º

Si la Junta de Gobierno hubiere aceptado la participación de alguna representación de otra Hermandad, regirán para sus componentes las mismas normas de silencio y compostura dadas para nuestros Hermanos; formarán en el cortejo con un máximo de cinco miembros, vistiendo el hábito propio y portando su Estandarte y varas. Su lugar en el cortejo será el inmediatamente anterior al Estandarte de la Hermandad.

Artículo 21º

La Junta de Gobierno en la primera reunión que celebre, tras la Semana Santa, se pronunciará sobre el informe que presente el Diputado Mayor de Gobierno acerca de cómo se ha desarrollado la procesión y, si procediera, se tomarán las medidas que correspondan.